ESTATUTO DE LAS
PUBLICACIONES DE DEMOCRACIA CÍVICA
DE LA NATURALEZA DE ESTE ESTATUTO
DE LA ORIENTACIÓN Y FINALIDAD DE LAS PUBLICACIONES
DEL EQUIPO COORDINADOR DE PUBLICACIONES
1. Dentro del marco de las disposiciones
legales imperativas, el presente estatuto ordena las relaciones entre el
Consejo Rector de Democracia Cívica, S. Coop. y los socios y colaboradores cuyos escritos o trabajos sean
publicados por la mencionada entidad, ya sea en papel, en Internet o en
cualquier otro medio o soporte audiovisual.
2. A
los efectos de este estatuto se considera colaborador de Democracia Cívica, S. Coop.:
a) Cualquier persona
que, por encargo de la cooperativa, produzca textos para la misma.
b) Cualquier persona
que envíe un escrito, comunicación o trabajo al Equipo Coordinador de
Publicaciones de la entidad, solicitando explícitamente su publicación por
parte de la misma.
3. Este
estatuto debe ser ratificado por mayoría simple de la Asamblea General de la
cooperativa Democracia Cívica. El Consejo Rector de la cooperativa podrá
proponer modificaciones del mismo en cualquier momento, pero dichas
modificaciones deberán ser igualmente ratificadas por la Asamblea General en
las mismas condiciones que las de su texto inicial.
4. La orientación
ideológica de las publicaciones producidas por Democracia Cívica, S. Coop. deberá ser congruente con
los principios y fines del movimiento “Democracia Cívica” recogidos en la
declaración anexa a este estatuto y que lleva el nombre de “Reinventemos
Democracia Cívica”.
5. De
acuerdo con la mencionada declaración, las publicaciones auspiciadas por
Democracia Cívica, S. Coop. perseguirán
los siguientes fines:
a) Reflexionar sobre
el socialismo ciudadano, prestando una atención muy particular a:
i. Las disfunciones
de los partidos políticos y los Estados nacionales para responder a las
aspiraciones de una emergente “ciudadanía mundial”.
ii. La
gobernanza del actual proceso de globalización
neoliberal.
iii. La
degradación de la calidad democrática en nuestra sociedad en general, en las
instituciones y en los partidos políticos.
iv. La
construcción de nuevas formas de intervención política, mucho más adecuadas a
la “nueva ciudadanía” y a la nueva situación española y mundial en el siglo
XXI.
b) Influir en el PSOE
y otros partidos de izquierda para que éstos incorporen o no olviden en su
quehacer político las cuestiones mencionadas anteriormente.
La idea es
conseguir que los análisis realizados y las soluciones propuestas se incluyan,
de una forma u otra, en la corriente principal de pensamiento, en las
resoluciones de los congresos, en la agenda política y en las propuestas
electorales de los partidos de izquierda, en particular en el PSOE.
c) Defender los
derechos civiles recogidos en la Constitución, facilitando la cercanía de los
ciudadanos a la acción política institucional, fundamentalmente la del PSOE,
pero no en exclusiva. Igualmente, vigilar para que se cumplan los estatutos del
PSOE y se propicien la participación y la transparencia dentro del partido.
d) Servir de caja de
resonancia e interfaz entre los partidos de izquierda y los movimientos
sociales, en una vía de doble dirección que haga posible el surgimiento de un
nuevo estilo de políticos, mucho menos tradicionales y mucho más legitimados
ante la ciudadanía; porque antes fueron, y continúan siéndolo, ciudadanos
activos y comprometidos.
6. Las
publicaciones auspiciadas por Democracia Cívica, S. Coop.
respetarán los valores fundamentales recogidos en la
Declaración Universal de los Derechos Humanos y en la Constitución española.
7. Democracia
Cívica, S. Coop. velará, a
través de un Equipo Coordinador de Publicaciones, para que los contenidos que
se publiquen se atengan a unos principios deontológicos
elementales. Como son: la veracidad contrastada de las informaciones que se
aporten; la separación clara entre información y opinión; el respeto a la
dignidad e integridad de cualquier persona, evitando el insulto, el escarnio o
la descalificación personal; y la no incitación a la violencia.
8. Democracia
Cívica, S. Coop. rechazará
cualquier presión, de personas, de partidos políticos, de grupos económicos,
religiosos o ideológicos... que trate de poner las publicaciones de la
cooperativa al servivio de sus intereses.
9. El
Consejo Rector de la cooperativa nombrará, en el ejercicio de sus competencias,
un Equipo Coordinador de Publicaciones de entre los socios activos.
10. El
Equipo Coordinador de Publicaciones velará en cada momento por la adecuación de
los contenidos de las publicaciones a la orientación y fines reseñados en el
Título II de este estatuto, siempre dentro del respeto más amplio posible a la
libertad de expresión de los socios y colaboradores.
11. El
Equipo Coordinador de Publicaciones estará compuesto por un máximo de tres
socios. El Consejo Rector establecerá una remuneración adecuada para su
trabajo.
12. En
el ejercicio de sus funciones, el Equipo Coordinador de Publicaciones decidirá
qué textos son publicados y cuáles no. Sin embargo, será responsabilidad del
Consejo Rector pronunciarse sobre opciones ideológicas concretas en relación
con asuntos o problemas determinados. Y lo que el Consejo Rector haga público
representará la postura oficial de la cooperativa en relación con dichos
asuntos.
En
cualquier caso, el Consejo Rector o una parte de los socios siempre podrán
recurrir a la convocatoria de Asamblea General extraordinaria, de acuerdo con
el artículo 18 de los estatutos de la cooperativa, para que la Asamblea
delibere y se pronuncie sobre opciones ideológicas conflictivas o de especial
relevancia.
13. Todo
lo que aparezca en las publicaciones de Democracia Cívica, S. Coop. llevará la firma de su
autor, a no ser que éste prefiera permanecer en el anonimato y así lo haga
saber expresamente al Equipo Coordinador de Publicaciones.
14. Democracia
Cívica, S. Coop. no se hará
en ningún caso responsable de las opiniones vertidas por sus socios o
colaboradores en las publicaciones.
15. Ningún
colaborador estará obligado a firmar aquellos trabajos que, habiéndole sido
encomendados o habiéndose realizado por propia iniciativa, hayan sufrido
alteraciones de fondo que no sean resultado de un acuerdo previo con el Equipo
Coordinador de Publicaciones.
16. En
caso de discrepancia con una decisión del Equipo Coordinador de Publicaciones,
los colaboradores podrán apelar por escrito al Consejo Rector de la
cooperativa. El Consejo Rector deberá pronunciarse al respecto en la primera reunión
que celebre tras haberse notificado la apelación.
17. La
propiedad intelectual de lo que aparezca en las publicaciones de Democracia
Cívica, S. Coop. quedará en
manos de la cooperativa, a no ser que se acuerde otro régimen con el autor. En
el caso de los contenidos de las páginas web, éstos
dispondrán de una licencia de “copyleft” que otorga,
por defecto, el permiso del autor para distribuir y copiar los artículos,
siempre que se cite la procedencia de los mismos.